La Comisión de Formación (CF) tiene por objetivo conseguir que tanto sus miembros, como aquellos otros colectivos implicados en la prevención, manejo diagnóstico, terapéutica o rehabilitación de pacientes con enfermedades cardiovasculares, puedan acceder a una formación inicial así como a una actualización continuada de sus conocimientos, actitudes y habilidades, con la máxima excelencia posible.
Objetivos
La Sociedad Española de Cardiología (SEC) a través de la CF será la responsable de promover cuantas acciones formativas sean pertinentes para conseguir la excelencia en formación, y proporcionar formación necesaria para que se pueda obtener la certificación inicial, y re-certificaciones sucesivas, tanto a título personal como de servicios, unidades asistenciales y de áreas de capacitación específica en el ámbito del conocimiento de las enfermedades cardiovasculares.
La CF promoverá cuantas actividades de formación sean convenientes para la mejora de la asistencia al paciente con enfermedades cardiovasculares, así como para conseguir la adecuada y continua formación, y mantenimiento de los conocimientos y habilidades de sus miembros, en el manejo de las enfermedades cardiovasculares, y en la gestión y uso eficiente de los recursos asignados.
Ámbito de Aplicación
La Sociedad Española de Cardiología desarrollará esta labor de formación durante su Congreso Anual, en los cursos y actividades docentes que se desarrollan en la Casa del Corazón, en las reuniones de las Secciones Científicas y de las Sociedades Filiales, y a través de los programas docentes vehiculizados a través del uso, desarrollo y promoción de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), y de las plataformas de formación y enseñanza on-line creadas al efecto.
La SEC a través de la CF promoverá políticas activas de relación con las administraciones públicas, en el ámbito de promoción del conocimiento y de la formación continuada, y para que los aspectos relativos a la ordenación de las profesiones sanitarias: troncalidad, áreas de capacitación específica, desarrollo de nuevas profesiones sanitarias, se concreten en medidas que mejoren la calidad de la asistencia cardiovascular, e incorporen el uso de sistemas de evaluación de resultados.
La CF también promoverá, en colaboración con la Asociación de Enfermería en Cardiología, cuantas acciones sean posibles para impulsar y mejorar la formación en enfermería cardiológica. Asimismo colaborará con otras Sociedades Científicas y Sociedades de Cardiología internacionales, en la mejora de la formación en la atención cardiológica.
Composición
La CF estará formada por las siguientes personas:
- Un cardiólogo en representación de cada una de las Secciones / Áreas de Conocimiento de la SEC.
- El Secretario/a del Comité de Tutores en Cardiología.
- El Secretario/a del Comité de Residentes en Cardiología
- Un cardiólogo en representación del Departamento TICs, encargado de la coordinación con dicho Departamento
- Un cardiólogo encargado del proceso de Recertificación en Cardiología.
- El Vicesecretario de la SEC. El cual actuará como Secretario de la Comisión de Formación y de la de Acreditación de la SEC.
- El Secretario General de la SEC, que formará parte de la comisión TIC con el fin de mejorar la coordinación entre ambas comisiones para con los contenidos formativos.
- El Presidente Electo de la SEC, que actuará como Presidente de la Comisión de Formación.
Elección y Renovación de los miembros de la CF
Los miembros de la CF serán propuestos por las Secciones Científicas/áreas de conocimiento, a solicitud del Presidente Electo, en el inicio de su mandato.
A requerimiento del Presidente Electo de la SEC, cada Sección Científica/área de conocimiento de las descritas previamente propondrá una terna de miembros numerarios, de entre los que será elegido uno a criterio del Presidente Electo.
El Presidente Electo comunicará al Comité Ejecutivo la composición final de la CF, la cual será ratificada por el primero.
La CF se renovará tras la elección de cada nueva junta directiva de la SEC, teniendo por tanto una duración máxima de su mandato de 2 años. Los miembros representantes del Comité de Tutores y del de Residentes pertenecerán a la CF el tiempo que dure su nombramiento.
De la CF dependerán cuantas comisiones o comités creados, o que se creen, y cuyo cometido esté relacionado con los objetivos de la CF. En especial:
- El Comité de Acreditación.
- El Comité de Tutores.
- El Comité de Residentes.
- Aquellas Comisiones o Comités que vehiculicen actividades con contenidos científicos formativos presenciales y no presenciales, en vía formato papel o en formato online.
Desaparece cualquier otro Comité existente en la actualidad, distinto de los anteriormente mencionados, y relacionado con actividades de formación, cuyas funciones pasan a ser desempeñadas por la Comisión de Formación.
Los miembros de la CF deben desempeñar de forma eficiente su función en esta Comisión de Formación, a través de:
- Contribuir a aumentar la calidad de las actividades.
- Liderar y Proponer iniciativas de cursos.
- Mantener al menos la cantidad existente en la actualidad de actividades de formación.
- Generar recursos económicos para actividades de formación. La financiación de las actividades de formación será promovida por las Secciones Científicas, a través de sus Juntas Directivas y de su vocal representante en la CF.
- Coordinarse con el área de conocimiento respectiva que representen, obteniendo su apoyo y compromiso siempre que se precise para la buena marcha de las actividades de formación.
Comité de Acreditación
El Comité de Acreditación se renovará al inicio de cada nuevo mandato, al igual que la CF.
Sus miembros serán nombrados por el Presidente Electo y ratificados por el Comité Ejecutivo de la SEC.
Este Comité estará formado por un total de 5 miembros numerarios de la SEC, de los cuales uno será el Vicesecretario de la SEC, que actuará como Secretario del Comité. La renovación del Secretario se efectuará al inicio de cada nuevo mandato.
De los otros 4 miembros del Comité, dos de ellos se renovarán al inicio del nuevo mandato del Comité Ejecutivo de la SEC, y serán elegidos de entre los miembros numerarios que formen parte o que hayan tenido estrecha colaboración con la Comisión de Formación. Los otros dos se nombrarán y renovaran, a criterio del Presidente Electo.
Comité de Tutores y Comité de Residentes
Su elección y composición se efectuarán de acuerdo al reglamento específico de cada una de estos comités, por elección directa de entre sus miembros.
El Secretario del Comité de Tutores y el Secretario del Comité de Residentes, formarán parte de la Comisión de Formación, durante el periodo de su nombramiento.
Comisión Nacional de la Especialidad
El Presidente de la Comisión de Formación será uno de los representantes de la SEC como vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad.
Cese de Funciones
Aquellos miembros de la CF o de cualquier otra Comisión o Comité relacionado con actividades de formación que no contribuyan al desempeño eficiente de sus funciones podrán ser cesados de sus funciones, y sustituidos por el Presidente de la Comisión de Formación, antes de los dos años de teórica duración de sus funciones.
Periodicidad de reuniones
La CF y sus Comités relacionados se reunirán al menos dos veces por año, y de forma extraordinaria cuantas veces sea preciso para cumplir sus objetivos, preferentemente en la sede de la Sociedad Española de Cardiología.
Se utilizará lo más posible el formato de comunicación por teleconferencia entre los miembros de la CF y de los otros Comités, para agilizar la toma de decisiones, incrementar la operatividad y reducir costes asociados a los desplazamientos.
Criterios de actuación
Cada actividad desarrollada por la CF seguirá su procedimiento normalizado de trabajo (PNT). El cual desarrollará la planificación y ejecución específicas, incluyendo una memoria económica. Las decisiones de la CF serán transparentes y vinculantes. Los procedimientos normalizados de trabajo se adaptarán al tipo de actividad, que se describe en el siguiente epígrafe.
Tipos de actividades de formación
La CF promoverá y gestionará las siguientes actividades:
- Programa anual de cursos de formación de la Casa del Corazón, presenciales y online, propuestos por CF/Secciones y áreas de conocimiento, cuyo calendario se publicará en el mes de Octubre del año previo a su inicio actividades anualmente programadas.
- Actividades de formación TIC propuestas y organizadas por la CF (p.e.: directos post-congresos) actividades anualmente programadas, incluidas en el programa anual de formación de la Casa del Corazón.
- Actividades de formación propuestas por otras personas o entidades (socios SEC, no socios, empresas, administraciones, universidades…). Estas actividades podrán ser a) anualmente programables incluidas dentro del programa anual de formación de la Casa del Corazón, y b) no previstas, a demanda, realizadas por el departamento TIC.
Todas las actividades de formación de la CF llevarán aparejado un mecanismo de evaluación, aprobación y un procedimiento normalizado de trabajo (PNT), que variarán en función de su tipo, y que se especifican en el siguiente epígrafe.
Mecanismos de propuesta, evaluación y aprobación
Las actividades de los tipos 1 y 2 (propuestas y organizadas por la CF) serán aprobadas por la propia CF e incluidas en el calendario anual del programa de formación de la Casa del Corazón. Los contenidos y ponentes deberán ser aprobados por la CF.
Las actividades del tipo 3 (propuestas por otras personas/entidades distintas a la CF) requerirán para su aprobación una evaluación previa por parte de la CF, que incluirá:
- Interés general de la actividad.
- Programa y contenidos.
- Profesorado.
- Memoria económica.
La evaluación de estas actividades se realizará por un grupo de 5 miembros de la CF para las actividades anualmente programables; y por 3 miembros de la CF para las actividades “a demanda” (TIC), distintos para cada proyecto y seleccionados según criterio interno. La evaluación y aprobación debe guardar unos plazos adecuados a cada tipo de proyecto.
El/los Director/es de estas actividades (cursos, programas universitarios, actividades TICs, etc) propondrán a la CF, además de su contenido, programa, profesorado y memoria económica, los aspectos logísticos para su desarrollo, siempre en colaboración con el personal del Departamento de Formación de la SEC e integrado y accesible desde Campus SEC si la actividad es de carácter no presencial. Los responsables de estas actividades podrán aportar su propia logística o solicitar su organización a través de los medios de la CF, variando lógicamente en uno u otro caso la evaluación de la memoria económica.
La industria o cualquier otra organización o persona interesada podrán proponer la realización de estas actividades de formación (actividad tipo 3). Propuesta que se dirigirá al Presidente de la CF, quien la tramitará de acuerdo al contenido de que se trate según el PNT establecido.
La financiación de actividades de formación por parte de la industria o cualquier otra organización interesada se efectuará preferentemente bajo el formato de “Becas no condicionadas” (Convenios de Colaboración descritos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, debido a la participación privada en la realización de actividades de interés general).
En todo caso, cualquier actividad aprobada por la CF estará integrada en el programa de formación de la SEC, y accesible en o desde Campus SEC si la docencia es online.
Procedimiento Normalizado de Trabajo (PNT)
Toda actividad (curso, máster, sesión, etc…) que desarrolle la CF deberá seguir el procedimiento normalizado específico. El cual deberá contemplar las siguientes variables:
- Título de la Actividad.
- Director-es / Coordinador-es de la Actividad.
- Financiador.
- Objetivos.
- Tipo de actividad.
- Programa:
- Temas.
- Ponentes.
- Cronograma de la actividad, que incluirá: duración, momento de realización, número de asistentes, compromiso de periodicidad y número de veces a realizar la actividad.
- Memoria económica, en concordancia con lo establecido en la SEC, informada por el Gestor del Grupo SEC.
- Modelo de contrato con el financiador, visado por el Gestor del Grupo SEC, quien en su caso solicitará informe de la asesoría jurídica.
- Contrato de Colaboración entre SEC y Universidad implicada solo para titulación posgrado universitaria propia u oficial.
Antes de la validación de una propuesta formativa, deberá constar por escrito la aceptación de responsabilidades del Director-es/Coordinador-es de la actividad.
El Director-es/Coordinador-es de la actividad se responsabilizará/n de la ejecución en forma y plazo de la actividad de la que son responsables, así como de la adecuada comunicación entre los ponentes de la actividad y del contenido y material formativo-didáctico de la actividad.
Todo PNT deberá finalmente ser validado por el Presidente de la CF, por el Gestor de la SEC, y por un representante ejecutivo (o por delegación del mismo) de la compañía o entidad que financia la actividad. En el supuesto de que la actividad no genere un retorno de, al menos, el 13% para la SEC, o tenga un presupuesto superior a 300.000 € se precisará la aprobación del Comité Ejecutivo.
PROCEDIMIENTO NORMALIZADO DE TRABAJO
COMISIÓN DE FORMACIÓN
- TIPO (Máster, Curso posgrado, simposio, etc…).
- TÍTULO DE ACTIVIDAD.
- DIRECTOR-ES / COORDINADOR-ES DE LA ACTIVIDAD.
- CRONOGRAMA DE LA ACTIVIDAD:
- Duración (Horas lectivas):
- Momento de realización (fecha inicio y fecha fin):
- Lugar:
- Número previsto de asistentes:
- Compromiso de periodicidad (número de veces a realizar la actividad por año y número de años a realizarla – calendario por fechas y lugares):
- OBJETIVOS (Objetivo Principal y 2-3 Específicos).
- A QUIÉN VA DIRIGIDO (entre 3-5 líneas).
- PROGRAMA CIENTÍFICO ESTRUCTURADO:
- Temas.
- Ponentes.
- Horarios (actividad presencial).
- Plataforma (formación online).
- FINANCIADOR. Adjuntar memoria económica, en concordancia con lo establecido en la SEC informada por el Gestor del Grupo SEC.
- MODELO DE CONTRATO CON EL FINANCIADOR. Visado por el Gestor del Grupo SEC, quien en su caso solicitará informe de la asesoría jurídica.
- CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE SEC Y UNIVERSIDAD IMPLICADA (Sólo en caso de titulación de posgrado universitaria propia u oficial – indicar fecha de firma, Universidad y duración del contrato si ya existe).